El acceso al alojamiento se realiza en régimen de cesión de uso, en el cual la cooperativa es la propietaria del terreno y del edificio, y las personas tendrán el derecho de uso y disfrute de sus espacios, instalaciones y servicios a cambio de una aportación inicial al capital y una cuota mensual. No hay división horizontal.
Este modelo, propio de las también llamadas iniciativas de cohousing, covivienda o vivienda colaborativa y en este caso aplicado al centro residencial cooperativo para personas mayores de 55, facilita el acceso al alojamiento, evita la especulación y pone en el centro del proyecto el propio hecho de convivir.
Se parece al alquiler…
… porque las personas socias pagan una cuota mensual por el derecho a vivir en el edificio, usar sus instalaciones y acceder a sus servicios…
… pero no es alquiler…
… porque se paga a precio de coste, sin los vaivenes del mercado, y por tanto la cuota es más baja y predecible. Y porque no hay un propietario del que depender: las propias personas socias son co-propietarias y mantienen el control en todo momento, poniendo sus propias condiciones.
Se parece a la compra…
… porque se hace una aportación al capital que permite arrancar el proyecto y que hace a las personas ser co-propietarias…
… pero no es compra…
… porque es más asequible que una compra, y no es una propiedad que se pueda vender libremente. Cuando la persona deja el proyecto o fallece, ella o sus herederos reciben lo que aportaron, y otra persona ocupa su lugar con una aportación similar, sin especulación posible.
Aportación al capital
La aportación obligatoria al capital (actualmente fijada en 36.300 € para este proyecto), es una aportación que realiza cada persona socia al entrar en la cooperativa. Es la que dota al proyecto de fondos propios para acometer los costes de promoción que no van a ser cubiertos por préstamos u otros sistemas de financiación, y suele representar el 10 – 30 % de la inversión total.
Esta aportación es retornable y heredable, y se devuelve revisada de acuerdo al IPC cuando una socia abandona el proyecto o fallece, según las condiciones (plazos, retenciones en caso de baja no justificada) establecidas en estatutos.
Actualmente este pago se fracciona en una aportación inicial, una cuota mensual de 50 € y una aportación complementaria, para completar el importe total, que se hará antes de la compra del terreno o del comienzo de la construcción.
Cuota mensual
Las personas socias, durante su residencia en el edificio de la cooperativa, pagarán una cuota mensual no retornable (estimada entre 800 y 1.000 €) que se desglosa en dos partes:
- Una cuota de alojamiento en cesión de uso, destinada a cubrir las cuotas del préstamo hipotecario, el mantenimiento y mejoras en las instalaciones, la amortización y otros gastos generales del proyecto. Esta cuota será fija y seguirá siendo pagada una vez la cooperativa termine de pagar el préstamo, permitiendo así a la cooperativa reforzar sus fondos propios.
- Una cuota de servicios, destinada a pagar impuestos, gastos de suministros, comedor, secretaría, jardinería, actividades y otros servicios comunes gestionados por la cooperativa para su socias. También incluirá contribuciones a fondos comunes como el de apoyo a la dependencia. Esta cuota irá variando según los servicios y fondos que se establezcan en cada momento.
Propiedad colectiva
Este modelo supone que la propiedad del terreno y el edificio es y será siempre de la cooperativa. De este modo, las personas cooperativistas son propietarias indirectas y, en cierto sentido, se ceden a sí mismas el uso de cada apartamento y de los espacios comunes, controlando colectivamente sus condiciones de pago, acceso, uso y funcionamiento.
El apartamento individual o de pareja será utilizado como primera vivienda y no como segunda residencia, apartamento de vacaciones o similar, sin limitar por ello las posibilidades de viajar, ausentarse una temporada, o incluso intercambiar temporalmente el apartamento con el de una persona socia en otro proyecto similar.